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  • hace 7 meses
El expresidente Álvaro Uribe Vélez enfrenta una posible condena por los delitos de soborno a testigos y fraude procesal. Conversamos con el abogado penalista Francisco Bernate, quien explicó los posibles escenarios judiciales: absolución, condena parcial o una sentencia condenatoria total.

Según Bernate, la condena podría estar entre los 7 y 8 años y medio de prisión, aunque se cumpliría en casa por tratarse de un delito que permite prisión domiciliaria. También nos comentó qué pasaría con las víctimas si Uribe es absuelto, qué alternativas tiene la defensa y qué puede pasar si el fallo no se emite este lunes 28 de julio.

Una conversación clave para entender el proceso más importante de los últimos años en la justicia colombiana.

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Transcripción
00:00El fallo podría estar entre los siete y los ocho años, ocho años y medio de prisión.
00:06¿Por qué? Porque aquí ya estamos hablando de dos delitos.
00:14Francisco, muy buenas tardes.
00:17Bueno, lo primero que podría preguntarle es cuáles podían ser las pruebas que tenía la Corte Suprema
00:26para que Álvaro Uribe haya decidido renunciar como senador, para que su caso pasara a manos de la Fiscalía.
00:36Bueno, las pruebas son las conocidas por todos.
00:39Para ese momento eran unas interceptaciones, la denuncia que el expresidente había interpuesto, unas versiones.
00:46Pero lo cierto es que desde la parapolítica, porque en el proceso ocho mil eso no fue tan popular, por decirlo así,
00:53sí, en Colombia se ha entendido que el fuero es un derecho de unos ciudadanos, de los senadores, representantes y demás,
01:03y que como derecho que ese puede renunciar.
01:05De manera que en su momento, más que las pruebas o este tipo de situaciones,
01:09podría él considerar que estaba mejor en la Fiscalía General de la Nación
01:15y que el trámite ordinario le resultaba más favorable que el trámite ante la Corte Suprema de Justicia.
01:22Yo creo que fue ese el análisis que se hizo.
01:25Bueno, y a partir de ahí, ¿cuáles podían ser las ventajas de esa jugada, como se conoce popularmente?
01:33Bueno, en primer lugar, yo creo que hay un hecho objetivo,
01:38y es que en el procedimiento que se tramita ante la Corte Suprema de Justicia,
01:42regido por la Ley 600 del año 2000,
01:46el mismo que te investiga es el que decide sobre tu libertad
01:51y es el que decide acusarte, llevarte a juicio.
01:55Entonces, es de alguna forma juez y parte, como se ha dicho en Colombia.
02:00Y en el procedimiento que se adelanta ante la Fiscalía,
02:03las decisiones sobre la libertad y demás las toma un juez que es independiente.
02:07Ese es un elemento muy importante.
02:09Yo creo que se sentía, y no tengo un conocimiento directo,
02:14pero asumo, sentía que tenía más garantías en la Fiscalía General de la Nación
02:19que en una Corte Suprema de Justicia que ya había ordenado una medida de aseguramiento,
02:25sin perjuicio de que adicionalmente, con ese tránsito,
02:29pues recordemos que viene toda la situación que se presentó con la medida de aseguramiento y demás.
02:34Francisco, bueno, y otra duda.
02:38¿Qué tan fuerte o qué tan contundente puede ser el acervo probatorio
02:43que tiene la Fiscalía contra el expresidente Álvaro Uribe?
02:48Yo considero que la Fiscalía General de la Nación, en este caso,
02:53digamos que no hizo un debate concreto, específico, puntual, sobre un hecho,
02:59sino que el debate fue excesivamente difuso.
03:03Obviamente, siempre estará el debate sobre la legalidad de estas interceptaciones.
03:09¿Hasta qué punto está bien ordenar, escuchar a una persona,
03:14terminar oyendo a otra y que eso sea válido?
03:17Personalmente pienso que no, aunque bueno, el debate en el proceso ya se dio
03:21y de alguna forma ya se superó.
03:23Pero lo cierto es que el testimonio de Juan Guillermo Monsalve,
03:27a ver, yo creo que no es un testigo que ofrezca toda la credibilidad.
03:31Creo que la Fiscalía se apegó mucho a este testimonio, a las interceptaciones.
03:38Yo creo que la Fiscalía no cumplió con lo exigido para condenar a un ciudadano
03:44y es que no haya ningún asomo de duda.
03:47Aquí creo que hay muchas dudas y creo que también hay un debate.
03:51La misma institución en cuestión de meses pasa de decir que no hay ningún delito,
03:57solicita dos veces la preclusión, a decir que sí hay delito, a solicitar una condena.
04:03La Fiscalía no debe estar para análisis de tipo político, sino jurídico.
04:09Y bueno, ahí queda un debate que hay que dar.
04:11Bueno, y suponiendo claramente que el lunes sea declarado inocente,
04:18¿qué camino le queda a las víctimas?
04:22Claramente, pues legalmente hablando, Francisco.
04:24Cualquiera que sea la decisión del 28 de julio no es una decisión definitiva.
04:32Si se presenta una decisión de condenar, su defensa va a presentar una apelación
04:38ante el Tribunal Superior de Bogotá.
04:40Si por el contrario hay una absolución, serán las víctimas y o la Fiscalía o ambas
04:46quienes soliciten al tribunal a través de una apelación que dé la última palabra.
04:51Es decir, en el mes de julio no vamos a tener la última palabra de este caso.
04:55Seguramente será en el mes de septiembre, cuando el Tribunal Superior de Bogotá
04:58desate la apelación que llegue por cualquier vía, que oiremos la última palabra sobre este caso.
05:05Bueno, y alrededor de eso, si ellos interponen, apelan a la decisión de las víctimas,
05:11ya sea el mismo Iván Cepeda, Eduardo Montalegre,
05:15¿cuánto tiempo tardaría la respuesta del Tribunal Superior?
05:19Lo cierto es que en ningún caso se operará la fecha de octubre,
05:25que es la fecha límite para el proceso.
05:28El Tribunal de Bogotá tiene un sistema en el que cuando ellos observan
05:32que hay un caso que está próximo a prescribir, lo priorizan.
05:36Entonces, las posibilidades de que esto esté resuelto antes de octubre son todas.
05:40Y bueno, en medio de tanto que hemos visto desde el año 2014 alrededor de todo este tema
05:48del expresidente Álvaro Uribe, pues también surge una duda.
05:52¿Es posible que este proceso se siga dilatando?
05:56Es decir, que llegue el día lunes, están en la audiencia y demás,
06:00que digan, bueno, no seguimos, vamos a posponer el tema de la decisión.
06:08¿Puede ocurrir?
06:09Puede ocurrir, puede ocurrir, pero solo por una vía,
06:13porque el juzgado señale que no tiene lista la decisión.
06:17Es algo que ocurre, no digamos que con mucha frecuencia,
06:20pero sí con frecuencia, que el juzgado diga, mire, lo siento,
06:23no tengo la decisión, me disculpan, nos vemos la otra semana.
06:26O sea, eso ocurre más en una justicia colapsada como la nuestra,
06:30pero es la única oportunidad, ni por la vía de la fiscalía,
06:33ni por la vía de la defensa, ni por la vía de las víctimas,
06:36existe una circunstancia que impida que se decida.
06:39La única posibilidad es la posibilidad del juzgado.
06:43Profesor, bueno, también tengamos en cuenta que, bueno,
06:46son dos los delitos, ¿no?
06:48Fraude procesal y soborno a testigos.
06:50¿Es posible que el expresidente sea hallado culpable solamente en uno de los dos delitos
06:58o tiene que ser obligatoriamente en los dos?
07:02Correcto.
07:03Cuando la acusación se eleva por una multiplicidad de delitos,
07:06es decir, por dos o más,
07:08las posibilidades que puede tener un juez son las siguientes.
07:12Primero, un fallo en el que declara culpable por los dos delitos.
07:15Segundo, un fallo en el que declara inocente por los dos delitos.
07:19O tercero, lo que llamamos un fallo mixto en el que se condena por uno y se absuelve por otro.
07:26Las tres posibilidades son viables en nuestro país.
07:29Esa es una alternativa que puede ocurrir en este evento, digamos, dentro de lo legalmente posible.
07:33Esa es una posibilidad, un fallo mixto donde absuelva por uno y condene por el otro.
07:38Bueno, yo creo que a partir de ahí hay una duda que ronda en la cabeza de muchas personas
07:44y es la condena en caso de que sea culpable.
07:49¿Cuántos años serían?
07:51¿Cuántos serían legalmente viables para el expresidente Uribe?
07:55Aclarando claro que él previamente no tendría ningún tipo de sentencia, ¿no?
08:00Así es, cuando las personas no tienen un antecedente penal, cuando no tienen una condena en su contra,
08:07se les llama infractor primario y ese es un factor a tener en cuenta a la hora de la decisión.
08:13En tanto que estamos hablando, vamos a mirar todos los escenarios.
08:16Si hay un fallo condenatorio por un solo delito, lo que llamamos ahorita un fallo mixto,
08:21donde condeno por uno y absuelvo por el otro, pues podríamos estar hablando entre seis y siete años de prisión.
08:27Ya explicamos si es prisión efectiva y en el caso en que haya un fallo condenatorio por los dos delitos,
08:34ahí el fallo podría estar entre los siete y los ocho años, ocho años y medio de prisión.
08:40¿Por qué? Porque aquí ya estamos hablando de dos delitos.
08:42Sin embargo, la legislación colombiana establece que si la condena no supera los nueve años
08:48y no se trata de un delito excluido de beneficios, que en este caso es así.
08:54De manera que esa condena, si es uno solo, entre seis y siete años.
08:58Si es dos, podría estar entre siete y ocho y medio, en cualquier caso, por debajo de los nueve que establece la ley,
09:05por lo que no serían años de prisión efectiva, sino sería prisión domiciliaria.
09:10Profesor, ese es un excelente punto porque yo creo que muchas personas han pensado que llega a darse el panorama
09:23de que sea culpable el expresidente. Muchos creen que él va a ir a la cárcel, tras las rejas, literalmente.
09:31Usted está aclarando que sería casa por cárcel, ¿no?
09:36Sí, difícilmente. Yo creo que las evidencias, el contexto del caso, los delitos que se están trabajando
09:41no hacen previsible una condena que exceda los nueve años de prisión,
09:45por lo que no sería, como bien lo dicen, tras las rejas, en la cárcel de Bellavista
09:51o en la cárcel de La Picota o algo así.
09:54Y no, ese no es un escenario que se aprecia viable en este momento.
10:01Profesor, bueno, y siguiendo sobre el supuesto de que sea declarado culpable,
10:06¿cuáles serían los beneficios a los que podría acceder el expresidente Álvaro Uribe?
10:15Bueno, cuando el ciudadano es declarado responsable, ya sea en una prisión ordinaria
10:22o sea en prisión domiciliaria, se activan para él los beneficios que hacen relación a lo siguiente.
10:29En primer lugar, los denominados subrogados penales, es decir, la denominada libertad condicional,
10:35en virtud de la cual el ciudadano que ha cumplido las dos terceras partes de su condena
10:40puede acceder durante ese tercio que resta a una libertad condicional
10:45donde tiene que cumplir con unos compromisos de observar buena conducta,
10:48informar todo cambio de residencia, no salir del país sin previa autorización judicial,
10:53no reincidir y reparar a las víctimas.
10:55De manera que ese es el primero, que solamente se cumplen las dos terceras partes,
10:59ya sea en intramural o en este caso en domiciliario.
11:01Pero en segundo lugar, nuestro régimen penitenciario y carcelario establece unos beneficios
11:06que se llaman descuentos por estudio o por trabajo,
11:09que hoy en día afortunadamente aplican tanto a los ciudadanos que están en prisión intramural
11:15como a los que están en prisión domiciliaria y que este es un muy buen dato.
11:19La reciente reforma laboral estableció un beneficio de, por cada año que se trabaja,
11:29se descuentan ocho meses, ¿ves?
11:31De manera que tendrá derecho a los beneficios por estudio y por trabajo,
11:37obviamente si es que estudia o trabaja,
11:38pero pues al final del día tiene los beneficios que tendría cualquier reo que esté condenado en nuestro país.
11:47Profesor, bueno, otra duda, claro.
11:53He señalado culpable el expresidente, supongamos.
11:57Perdón, vamos al otro lado del escenario, perdón.
12:02Suponiendo que se ha declarado inocente el expresidente Álvaro Uribe el día lunes, 28 de julio,
12:10¿él podría denunciar, él podría tomar medidas legales, por ejemplo,
12:15en contra de Iván Cepeda, Eduardo Montalegre o cualquiera de las víctimas que están relacionadas en ese caso?
12:22La sola postulación como víctima es un derecho que tiene cualquier ciudadano.
12:27El derecho es a decir, yo creo que yo soy víctima, no a que me den la razón.
12:31De manera que por sí mismo, por el hecho de haber actuado como víctimas
12:36o la Fiscalía General de la Nación por haber llevado a cabo una acusación que no prosperó,
12:42eso en sí mismo no genera una responsabilidad.
12:43Diferente es si se considera que se ha inducido a mentir a los testigos en el juicio,
12:51pues puede haber ahora una investigación, no sé, en contra del Senado Cepeda
12:55o en contra de alguna otra persona por los testimonios que se oyeron en esta diligencia.
13:01Pero ni contra la Fiscalía General de la Nación,
13:03ni contra quienes legítimamente se consideran víctimas y acuden en esa condición,
13:07existe una vía judicial, se entiende que están ejerciendo un derecho
13:11y en el caso de la Fiscalía, una obligación.
13:17Profesor, muchísimas gracias por guiarnos en todo este tema
13:23alrededor del fallo que se va a dar el día lunes 28 de julio,
13:27también pues claramente por su tiempo, por su conocimiento,
13:30por explicarnos a todas las personas que estamos acá en Pulso.com
13:35sobre cómo se va a manejar el caso y cuáles son las posibles salidas
13:39en caso de que el expresidente se declare, se le denomine como inocente
13:47o como culpable en los dos casos por los que está señalado, profesor.
13:52Así es, esperemos a ver qué ocurre el día lunes, aquí lo estaremos analizando nuevamente
13:58y lo más importante es que ha sido un juicio de cara a todo el país,
14:02donde todos los ciudadanos se han podido informar de primera mano,
14:05han podido ver las audiencias, comentarlas, en fin,
14:07y ojalá que nuestra justicia salga fortalecida de este proceso.
14:22Gracias.
14:23Gracias.
14:24Gracias.
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