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  • hace 6 semanas
El presidente y fundador del partido Patria Libre, Fernando Abreu Hahn, depositó este martes ante la Secretaría General Legislativa de la Cámara de Diputados un anteproyecto de ley que propone modificar los artículos 208, 210 y 354 de la Ley núm. 74-25, que instituye el Código Penal de la República Dominicana, con cambios que, según plantea la iniciativa, buscan fortalecer la protección de la libertad de expresión.

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Transcripción
00:00Denigrante, punto. Lo cual en una sociedad libre es una aberración, porque en una sociedad libre
00:05en una verdadera democracia, la libertad de expresión no se hace y no se hizo, y no existe
00:11para hablar de temas no controversiales y de temas de no agrado al poder. Se hizo precisamente
00:19y se luchó y se desarramó tanta sangre precisamente para decir cuestiones controversiales
00:27y de no agrado a la autoridad y el poder. Por eso existe. En una sociedad libre usted puede decirle
00:33cualquier insulto y mala palabra a cualquier persona sin ninguna pena. Lo único que existe
00:38es la responsabilidad civil para limitarla, en lo cual si le haces daño tangible y rara
00:43a una persona, esa persona te puede demandar en los tribunales civiles, económico, no penal,
00:48no cárcel. Ese es el límite de la injuria. Respecto a la difamación que se avanzó porque
00:56la pena se bajó de cinco años a dos años, hay varias consideraciones. Primero, dos años
01:01sigue siendo excesivo. Nosotros solicitamos en base al promedio de todas las legislaciones
01:06y todas las legislaciones, el 80% de los países, más de 160 países, castigan con pena
01:13y con prisión la difamación. Por eso tampoco es correcto despanizarla completamente en el
01:17caso de la difamación, porque tú estás alegando un hecho que hizo otro y está dañando la reputación
01:21completa y la vida completa de esa persona. En base a eso, el promedio de las legislaciones
01:26del mundo es menos de un año y la que más corresponde y tiene más ética moral y pueden
01:30ver los fundamentos ya en el escrito, es el que nosotros teníamos antes de este código
01:35penal nuevo. Es de 15 días a seis meses la solicitud correcta y la modificación de la
01:40pena. Pero eso no es lo más importante. Lo más importante es arreglar la calidad del
01:45texto descriptivo del delito de la pena de difamación, que es muy ambiguo, de baja calidad
01:52y muy aéreo y permite atrocidades completas y una eliminación de la libertad de expresión.
01:59Tiene que ser más preciso y nosotros precisamos los siguientes hechos. Primero, insertamos el
02:03elemento de la falsedad. Tiene que ser un hecho falso, no sea verdadero que sea la persona.
02:09Segundo, delictivo. No que comió un alimento que no te gusta, sino un hecho delictivo. Esos
02:15dos elementos es parte de él. Fuera de esos dos elementos hay otra más. No necesita ser
02:20falso ni verdadero si es un hecho íntimo, personal a la persona, como cualquier cuestión
02:26de sexualidad o cualquier condición que tenga esa persona especial que no se quiere ser
02:30que sepa. Solamente no importa si es verdadero o falso cuando es una acusación de algo íntimo
02:37de la persona. Pero lo que tiene actualmente el artículo de la afirmación es tan ambiguo
02:42y aéreo y tan atroz que te castiga por lo que sea, porque incluye cualquier cuestión
02:46que simplemente le crea consideraciones y le disminuye su buen nombre y otras categorías
02:56muy ambiguas que permiten cuestiones dictatoriales que no pueden estar. Entonces, primero, eliminación
03:02completa y total de injuria. Eso es civil. Eso es el código civil. Segundo, mejorar la
03:07calidad del artículo de afirmación como lo tenemos propuesto acá. Y tercero, reducir
03:12la pena de afirmación de 15 días a 6 meses. No como está actualmente, que es más que
03:18el doble queso. En la nueva modificación ya tendrá 5 veces más. Y por último, y muy
03:22importante, algo que absolutamente nadie está hablando, es la certificación falsa de salud.
03:29Tiene que tener una excepción. Nosotros insertamos una excepción de responsabilidad
03:34penal, o sea, que no pueden caer preso, bajo una sola condición. Y es que si el gobierno,
03:39ya sea un gobierno nacional como este o mundial como la ONU o la OMS, obliga y forza a las
03:46ciudadanías a violar sus libertades y derechos, como sucedió en la pandemia, ahí no hay responsabilidad
03:52penal. No hay, no pueden caer preso por falsificar un certificado médico, tanto el lado del médico
04:00como el lado del paciente, porque se están volviendo, y es un gobierno dictatorial que
04:05no está respetando tu libertad y nadie está obligado a inyectarse un experimento médico
04:11o una vacuna obligatoria. Nadie. Si usted se quiere salvar del supuesto virus que anda
04:18en cualquier pandemia futura que venga, usted se pone la vacuna voluntariamente, pero no tiene
04:22que forzar al otro en contra de su voluntad, su cuerpo y su libertad a ponérsela como las
04:28absurdas aberraciones que sucedieron en la pandemia, la cual el mundo no aprendió su lección,
04:31que no sirvió absolutamente para nada, que tenía efectos adversos y que tenía baja efectividad
04:37la vacuna. La humanidad de reballo, la estadística, claro, conquistó mucho más y ayudó mucho más
04:42que la propia vacuna a salir de la pandemia, para que lo sepan y estudien, porque no saben lo que
04:46están haciendo. Y los efectos adversos fueron altísimos, mucho más de lo que predijeron.
04:49Y hasta gente cayó presa por esa pandemia y por esas atrocidades de dictadura. Esos son
04:55los tres artículos que modificamos, son todos bien pesados. Utilizamos tanto derecho comparado
05:00como filosofía ética.
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