00:00El jurado de enjuiciamiento de magistrados ya había abierto una investigación sobre el fiscal Lorenzo Lescano.
00:08Por ejemplo, el caso Marcet ya se había compartido incluso con documentación esta denuncia y lo había hecho también la senadora de Siremasi.
00:17Pero ahora esto podría ampliarse. ¿Qué es lo que dicen allí en el jurado de enjuiciamiento, Brian?
00:23Exactamente. Y este enjuiciamiento, esta apertura, esta investigación contra el fiscal Lorenzo Lescano, que ya se abrió semanas atrás aquí desde el GEM,
00:35podría extenderse hasta aproximadamente los meses de mayo o junio del próximo año, ya que ahora están en una etapa de recolección de firmas justamente de los miembros del jurado.
00:45Un juiciamiento magistrado para que posteriormente el fiscal que va a llevar adelante, que es un funcionario aquí antiguo ya del GEM,
00:52para que es quien va a llevar adelante esta investigación pueda iniciar ya el trabajo en sí y también informar ya del caso al fiscal Lorenzo Lescano.
01:03Con relación al enjuiciamiento que eso hace dos semanas definimos, está en proceso de firma de la resolución.
01:11Eso generalmente, teniendo en cuenta que ahora tenemos el expediente electrónico, es un poco más rápido.
01:18Nosotros seguramente esta semana terminamos el circuito de firmas de la resolución.
01:22La próxima semana ya va a tener el fiscal acusador, que fue el doctor legal, funcionario del jurado de enjuiciamiento,
01:30quien es el que va a preparar las diligencias para correr traslado al doctor Lorenzo Lescano,
01:36de tal manera que él ejerza su defensa de lo que el jurado como institución le está acusando.
01:45Hay que aclarar también a la ciudadanía y también a todos los que están dentro del jurado de enjuiciamiento con algún proceso,
01:52que los plazos procesales no corren en enero.
01:56Eso es importante aclarar porque nosotros también, con esta nueva ley, tenemos 180 días para liquidar todo el proceso.
02:02Entonces, al igual que la corte, nosotros suspendemos los plazos procesales en enero,
02:06se retoma en febrero y luego de la contestación por parte del doctor,
02:13ahí nosotros vemos si hay pruebas que diligenciar,
02:17si no lo hay, llamamos a legatos y de último una sentencia, que puede ser la absolución o una sanción.
02:23¿Podría, por ejemplo, concluir 180 días, nos dice, de verdad, puede concluir para abril, mayo, más o menos?
02:28Nosotros, todo va a depender de lo que conteste, en este caso, el fiscal,
02:35como también lo que nuestro fiscal acusador crea conveniente si hace falta generar alguna prueba,
02:40si hace falta generar algún documento o solicitar de alguna institución,
02:43que es propio de todo proceso, pero sí, le calculó seguramente para mayo a junio estaríamos ya con una sentencia.
02:56Justamente también respecto a este nuevo pedido de una posible denuncia
03:00contra los fiscales que llevan adelante la investigación del asesinato del fiscal Marcelo Pecci desde el Senado,
03:06aquí desde el GEN también informó el presidente Jorge Bogarín que hay dos pasos,
03:10una vez que llega, si es que se llega a aprobar este proyecto y llega hasta el jurado de un asesinato magistrado,
03:15hay dos pasos a seguir.
03:16En caso de que la documentación esté correcta, ya se lleva al pleno para que en una sesión se pueda tratar
03:22este pedido o esta denuncia, en este caso, contra estos fiscales.
03:26En caso de que se encuentre algún tipo de irregularidad o que no se cumpla con alguno de los requisitos
03:31dentro de la denuncia que realizan desde el Senado,
03:34entonces esto nuevamente se devuelve a la Cámara de Senadores para que los abogados
03:37o los encargados jurídicos, en este caso, del documento puedan rever y colocar todo en orden
03:43en base a los requerimientos desde el GEN.
03:46Así que nuevamente en esta segunda parte escuchemos lo que mencionó el presidente,
03:49el jurado de un juiciamiento magistrado, respecto a los pasos de seguir una vez que se apruebe,
03:54si es que se aprueba esta denuncia, en este proyecto de denuncia a la Cámara de Senadores
03:58y llega aquí hasta el jurado de un juiciamiento de magistrados.
04:01Todas las acusaciones, sean particulares o en este caso del Senado,
04:08ingresan al jurado de un juiciamiento, tiene un proceso de revisión,
04:12si cumple con todos los requisitos establecidos en el artículo 19.20.21 de nuestra ley especial,
04:19si cumplen con todos los requisitos, ahí ingresa dentro de una sesión del jurado de un juiciamiento
04:23para analizar si amerita o no la admisión de la acusación.
04:29Y si no cumple, si en el hipotético de caso que la acusación no cumple con todos los requisitos,
04:34nosotros le intimamos al acusador particular por cinco días a que verifique otra vez su escrito
04:40y que reúna todos los requisitos para poder plantear en el seno del jurado de un juiciamiento.
04:44Entonces, son dos días una vez ha recibido el documento, una si cumple todo y ingrese directamente.
04:50Si no cumple, se le da oportunidad al acusador particular a que vuelva a revisar
04:56y para que pueda cumplir todos los requisitos.
04:58Una vez admitida la acusación, es que ahí el acusador se convierte en ese fiscal
05:02el que tiene que mover el expediente.
05:04En este caso, los abogados del Senado son los que tienen que mover el expediente
05:08en el caso de estos cinco fiscales acusados.
05:12Entonces, en este caso, es totalmente diferente de lo que hablamos recién,
05:16que la responsabilidad de mover el expediente es la nuestra, en el caso de Lorenzo Lescano.
05:20En el caso de los cinco fiscales acusados por el Senado,
05:24son los abogados del Senado los que tienen que diligenciar pruebas,
05:28solicitar al jurado que libre oficio.
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