00:00¿Cómo empieza esta historia, Dr. Rodrigo Lluís?
00:03A mi modo de ver, comienza de la siguiente manera.
00:07El diario de C.Colore efectivamente, en fechas 27, 28, 29 de marzo del 2019,
00:132, 17 y 22 de abril del mismo año,
00:18realiza una serie de publicaciones específicas y exclusivamente
00:23donde lo que se criticaba era el proceso de contratación
00:30a un organismo internacional, a un organismo sin fines de lucro,
00:36de naturaleza internacional, por vía de la excepción,
00:41a la que la subsecretaría de tributación le llamó
00:44contratación directa por vía de la excepción
00:48para la actualización del sistema tributario marangatú.
00:52En esas publicaciones, concreta y específicamente,
00:57lo que se cuestionaba era, en primer lugar,
01:02que desde buenas a primeras,
01:04a la lectura del pliego de bases y condiciones,
01:08se evidenciaba una orientación indisimulada
01:13para que ese contrato sea adjudicado
01:16al Centro Interamericano de Administraciones Tributarias,
01:20del cual la República del Paraguay forma parte
01:24en carácter asociado.
01:29También el medio de comunicación había cuestionado
01:33que desde la perspectiva de la argumentación
01:37de la urgencia impostergable,
01:40se haya utilizado el mecanismo de la vía de la excepción
01:43y no precisamente una licitación pública,
01:47nacional e internacional,
01:48que hubiera permitido, en condiciones de igualdad,
01:53mayor participación e incluso mejores condiciones
01:58para que los eventuales oferentes puedan presentar
02:01sus respectivas ofertas y, con ello,
02:04permitir la competencia debida.
02:06También las publicaciones hacían referencia
02:10a que Marta González Ayala,
02:13viceministra de Tributación de ese momento,
02:16que integraba el Consejo Directivo
02:19del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias,
02:23haya otorgado este contrato al CIAD.
02:28Y aquí este es un punto que creo que es el punto fundamental
02:33porque de lo poco comprensible que fue ayer la explicación
02:38que realizó el juez Wilfrido Peralta,
02:43él mismo manifestó que el hecho de la presunta difamación
02:49se daría porque se le atribuyó a Marta González
02:56haber otorgado el contrato
02:59cuando que en realidad eso no es así
03:02y que hipotéticamente el agravio está
03:06objetivamente comprobado en el comentario
03:08que terceros hicieron de la publicación.
03:11A lo cual me voy a referir más adelante.
03:15Sí, porque usted está presentando lo que fue en sí
03:17la publicación que lleva a una querella
03:20por parte de la ex-viceministra de Tributación,
03:22Marta González,
03:23y de su marido, no sé si su marido fue representante
03:26o él también firmó la querella.
03:28No, él es abogado apoderado de la misma
03:30junto al doctor Ricardo Preda.
03:31Jacinto María, Jacinto Santa María, digo ya,
03:33junto al doctor Ricardo Preda.
03:36Ponemos en la mesa entonces las publicaciones
03:39que llevaron a este proceso.
03:43Correcto.
03:43¿De qué año estamos hablando?
03:45Esto ocurrió, bueno, la querella se promovió
03:48en el mes de agosto del 2019
03:51y aquí es donde también quiero señalar lo siguiente.
03:54Se evidencia muy claramente que después de las publicaciones,
04:01específicamente la 27 de marzo del 2019,
04:04la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas
04:06reactivó un expediente administrativo interno
04:11en donde estaba investigando de oficio
04:14en función a una denuncia anterior
04:18este proceso de contratación.
04:21Reactiva ese proceso de investigación
04:24a partir de la publicación del diario ABC Color
04:27y reactiva sin que,
04:31y este es un detalle no menor,
04:33porque para mí esto fue,
04:34sinceramente le digo,
04:35algo muy cuidadosamente urdido.
04:38Yo sé que el doctor Peralta,
04:40evidentemente, no se impetró del conocimiento
04:42de esta causa.
04:43Es muy notorio lo que,
04:45de acuerdo a las explicaciones que él dio ayer.
04:47Pero sí que la gente entienda
04:49cómo esto fue de alguna u otra manera
04:51muy cuidadosamente estudiado.
04:55Se reactiva el proceso de investigación
04:57ante la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas
04:59y con motivo de eso,
05:01a pesar de que la Senatik no había emitido
05:04un informe sumamente elemental
05:07donde la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas
05:10le preguntaba si el hecho de que un consultor
05:13haya intervenido en el desarrollo
05:15de un informe técnico previo
05:16en virtud del cual
05:18posteriormente se hace
05:20el pliego de bases y condiciones
05:22le pone o no a la adjudicada
05:24en una posición de mejor condición
05:27respecto a otro oferente.
05:29La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas
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